La República Argentina aceptará a las residencias permanentes de EE.UU (Green Cards) y las visas B1/B2, B2, J, B1, O, P (P1, P2 y P3), E y H-1B, como documentación suficiente para ingresar a la Argentina para las categorías de “Turista” para los titulares de pasaportes de la India, República Dominicana y la República Popular China y “Hombres de negocios” para la República Popular China.
Mediante esta actualización normativa, la República Argentina reconoce las tarjetas de residencia permanente y ciertas visas de Estados Unidos como documentación alternativa al visado argentino, con el propósito de simplificar los trámites migratorios, facilitar el ingreso de viajeros y promover los vínculos comerciales y turísticos, manteniendo altos estándares de seguridad.
- Ciudadanos de la República Popular de China
Los ciudadanos de la R.P. China que posean visado vigente en las categorías B1/B2, B2, J, B1, O, P (P1, P2 y P3), E y H-1B otorgado por los EE.UU. y/o posean la tarjeta de residencia permanente vigente (green card), no requieren visa de turismo o negocios respectivamente para estadías de hasta 30 días. En caso de titulares de otros visados, sí requieren visa.
- Ciudadanos de la República de la India
Los ciudadanos de la República de la India que posean visado vigente en la categoría B1/B2, B2, J, B1, O, P (P1, P2 y P3), E y H-1B otorgado por los EE.UU. y/o posean la tarjeta de residencia permanente vigente (green card), no requieren visa para visitas por turismo de hasta 90 días. En caso de titulares de otros visados, sí requieren visa.
- Ciudadanos de la República Dominicana
Los ciudadanos de la República Dominicana que posean visado vigente en las categorías B1/B2, B2, J, B1, O, P (P1, P2 y P3), E y H-1B otorgado por los EE.UU. y/o posean la tarjeta de residencia permanente vigente (green card), no requieren visa de turismo para estadías de hasta 90 días. En caso de titulares de otros visados, sí requieren visa.
