Consulado General en Atlanta

Votar en el exterior

Fecha de actualización: 10/10/2018

VOTAR EN EL EXTERIOR ES MÁS SIMPLE

El Gobierno nacional, a través del decreto 403/2017 publicado el 8 de junio de 2017 en el Boletín Oficial, dispuso una serie de medidas para aliviar los trámites burocráticos que actualmente restringen el derecho al voto de los ciudadanos en el exterior.

A partir de la nueva disposición, podrán votar todos aquellos argentinos residentes en el exterior que hubiesen realizado el cambio de domicilio en su documento de identidad, sin necesidad de realizar un trámite adicional.

Requisitos: 

  • Ser argentino nativo o por opción y tener 16 años o más
  • Haber hecho el cambio de domicilio en el DNI
  • Estar en condiciones de ejercer los derechos políticos conforme la legislación nacional.
  • No encontrarse dentro de las inhabilitaciones previstas por el artículo 3º del Código Electoral Nacional y sus modifcatorias
  • El voto sigue siendo optativo para los residentes en el exterior.

 

¿Qué documento es válido para poder votar?

El DNI con domicilio fuera del territorio de la República Argentina, en la jurisdicción consular correspondiente. El pasaporte NO es un documento con el cual se ejerza el derecho del voto.

 

agencia argentina de inversiones y comercio internacional

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular