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Certificado de residencia (no aduanero)

Las personas que residen en la jurisdicción de este Consulado y necesiten probarlo en la Argentina (por ejemplo, para vender un inmueble en la Argentina, o para demostrar domicilio ante la AFIP) pueden obtener un Certificado de residencia.

Quien desee iniciar el trámite debe contar con:

  • DNI y/o pasaporte vigente
  • Documentación que pruebe su residencia en la jurisdicción de este Consulado General, que puede consistir en cualquiera de estos:
  • Original del pasaporte vigente y fotocopias de la primera hoja y de la hoja con sellos de entrada (debe constar sello de entrada a EEUU o en su defecto copia del formulario I-94).
  • DNI con su debido cambio de domicilio, o Licencia de conducir estadounidense vigente.
  • Original y fotocopia de pruebas de domicilio a su nombre que acrediten de manera fehaciente su residencia actual en la jurisdicción de este Consulado General (por ejemplo, boletas de pago de servicios como teléfono, luz, gas o cable de televisión: si no están a nombre del interesado sino de su cónyuge, conviviente, padre, madre, hijo, hija, se necesita certificado que pruebe el vínculo, (certificado de nacimiento, de matrimonio) con Apostilla de La Haya.).
  • Hoja de datos de contacto del solicitante, con teléfono, correo electrónico, dirección
  • Un “money order” por 80 dólares a nombre de “Consulate of Argentina in Atlanta”.
  • Un sobre prepago si desea que le enviemos el certificado por correo.

Cómo iniciar el trámite:

Escriba un correo a catla@cancilleria.gov.ar con asunto "Solicitud certificado de residencia no aduanero + NOMBRE Y APELLIDO"  a fin de obtener un turno. Una vez asignado el turno, presentarse personalmente en el Consulado con toda la documentación recién reseñada (los originales y las fotocopias indicadas).

En caso que no pueda o desee acercarse personalmente al consulado, puede remitir toda la documentación señalada más arriba por correo postal. Tenga en cuenta que en este caso deberá incluir copia certificada de su DNI y/o pasaporte, y con Apostilla de La Haya.

Los trámites se procesan en 3 días hábiles.

 

 

Fecha de actualización: 19/08/2024