El pasaporte normal u ordinario es el documento de viaje que el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) expide a ciudadanos/as argentinos/as. El Consulado General en Atlanta lo tramita también para argentinos/as residentes en su jurisdicción (Alabama, Carolina del Sur, Georgia, Kentucky, Mississippi o Tennessee).
La obtención de un pasaporte es un trámite personal, porque el titular del pasaporte debe firmar y colocar su impresión digital y fotografía.
De este modo, en el Consulado se toman los datos biométricos; luego el RENAPER confecciona el pasaporte y lo remite al Consulado para su entrega al titular.
Para iniciar el trámite debe contar con:
Mayores de edad:
- DNI tarjeta (último ejemplar obtenido, con la correspondiente actualización de los 14 años) El DNI debe contar con el domicilio actualizado dentro de la jurisdicción de este Consulado. En caso de no tener el domicilio actualizado tendrá que solicitar un nuevo DNI con cambio de domicilio el mismo día que tramita el pasaporte (costo adicional de u$d15).
- Último pasaporte obtenido (o denuncia de su extravío o robo, en caso de no tenerlo).
- Si su DNI tiene formato de libreta verde, o usted sólo cuenta con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica, con estos documentos usted deberá tramitar simultáneamente el nuevo DNI tarjeta y el pasaporte regular de RENAPER.
- Si usted no cuenta con ningún DNI, ni en formato de libreta verde ni Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica, usted deberá obtener primero un DNI tarjeta y una vez emitido este, podrá tramitar el pasaporte regular RENAPER.
- Arancel: USD 165.
Menores de 18 años de edad:
- Para solicitar un Pasaporte al Consulado argentino, la persona argentina menor de 18 años de edad debe contar con:
- Presencia del menor y de ambos progenitores.
- Último DNI del menor titular del trámite, con la correspondiente actualización de menores (5/8 años) o de mayores (14 años), según corresponda, en original y con domicilio en la jurisdicción de este Consulado.
- Pasaporte anterior, si lo tuviese (si no, denuncia policial de extravío o robo).
- Partida de nacimiento original del menor (el original será devuelto, no se aceptan certificados sino partidas).
- DNIs vigentes de ambos progenitores en original (los cuales deben coincidir con los que figuran en la partida de nacimiento del menor). En caso de que algún progenitor sea extranjero, deberá presentar pasaporte vigente y el documento de identidad que coincida con el que figura en la partida de nacimiento del menor.
- En caso de ausencia o fallecimiento de algún progenitor, se deberá presentar, según el caso, autorización notarial (debidamente legalizada y apostillada, si correspondiera); partida de defunción; o nombramiento de tutor.
- Arancel: USD 165.
Cómo iniciar el trámite:
Para iniciar el trámite, envíe a dniypasaporte_catla@cancilleria.gob.ar foto o escaneado de toda la documentación arriba indicada con asunto “SOLICITUD PASAPORTE”. El Consulado analizará los documentos adjuntos y le responderá por la misma vía.
Cumplidos los requisitos de documentación, el Consulado le asignará un turno para que se presente con los originales. Tenga en cuenta que no se aceptan fotocopias.
Procedimiento para el pago del trámite:
El día de su turno en el Consulado, tendrá dos opciones de pago:
- Electrónico (aplica un recargo del prestador del servicio de 3,25%): con tarjeta de crédito o débito o vía link de pago
- Depósito bancario: en persona en el Ameris Bank (ubicación aquí), previo paso por el Consulado donde se le entregará la boleta de pago.
Tenga en cuenta el banco se encuentra a 5 minutos de distancia en automóvil. No se aceptan pagos con cheques.
Recepción del Pasaporte:
Tras la toma de datos biométricos, en caso no que no existan observaciones del RENAPER, en un plazo estimado de entre dos y tres meses el RENAPER hará llegar el Pasaporte al Consulado, el cual informará por correo electrónico al titular para que proceda a retirarlo, presentando la Constancia de Tramite que le fue entregada al finalizar el trámite y un documento de identidad válido (DNI, pasaporte, Driver’s Licence, etc).
En caso que el titular de documentos sea menor de edad, se requiere la presencia de ambos padres para retirar los documentos, a menos que se haya dejado expresa autorización firmada por ambos durante el procedimiento del trámite en cuestión para entregar el documento a uno u otro de los padres solamente.
En caso que el titular resida a más de 150 millas de distancia de este Consulado General, si así lo solicita, puede recibirlo por correo postal. Para ello, deberá remitirnos por correo electrónico la constancia del trámite con asunto “solicitud envío Pasaporte por correo postal” y le enviaremos las instrucciones para adquirir una etiqueta prepaga de UPS o USPS (no sobre prepago ni servicio de pick up) y el enlace para firmar una nota de deslinde de responsabilidades del Consulado (descargue aquí). Una vez generada la etiqueta y recibida la nota de deslinde firmada, procederemos a despachar el sobre con su documento.